Santo Domingo.– El Congreso Nacional aprobó una serie de modificaciones al nuevo Código Penal con el objetivo de cerrar vacíos técnicos y reducir los riesgos que varias disposiciones planteaban para la libertad de expresión y el periodismo.
Uno de los cambios centrales afecta el artículo 123 sobre acoso cibernético. La nueva formulación busca impedir que una información, opinión, investigación o reportaje vinculado con hechos verificables y asuntos de interés público sea tratado automáticamente como una conducta criminal. La protección alcanza también el escrutinio social y político.
El artículo 211 amplía las actuaciones que no deben considerarse difamatorias ni injuriosas. Entre ellas figuran las intervenciones legislativas, documentos oficiales, actuaciones judiciales y publicaciones periodísticas sobre asuntos públicos cuando el comunicador haya realizado una verificación razonable. También se incluyen denuncias y críticas vinculadas con corrupción, desempeño de funcionarios y uso de recursos estatales.
La reforma redefine además la difamación extorsiva. Para que se configure ese delito deberá existir una amenaza de divulgar información con el propósito concreto de obtener dinero, ventajas u otro beneficio. La intención es distinguir el chantaje de una investigación periodística o una denuncia sustentada.
Pese a estas salvaguardas, la difamación continúa dentro del ámbito penal y mantiene penas privativas de libertad. Por esa razón, la discusión sobre una posible “Ley Mordaza” no queda completamente cerrada. Las excepciones reducen algunos riesgos, pero no eliminan la posibilidad de que una querella penal sea utilizada como mecanismo de presión.
Otro punto pendiente será la interpretación de la expresión “diligencia razonable”. Los tribunales deberán decidir qué nivel de comprobación es suficiente para proteger a un periodista o ciudadano. Una aplicación restrictiva podría debilitar la garantía que el Congreso intenta introducir.
Las correcciones también incluyen cambios fuera del debate sobre libertad de expresión. La responsabilidad penal de empresas incorpora programas de cumplimiento como mecanismo para prevenir delitos y atenuar responsabilidades, y su aplicación se aplaza un año. Asimismo, se revisan delitos económicos, malversación de fondos públicos, violencia intrafamiliar, difusión no autorizada de imágenes íntimas, proxenetismo y protección de menores.
Las modificaciones representan un avance frente a las críticas formuladas al texto original, pero la prueba decisiva llegará cuando las nuevas reglas sean aplicadas por fiscales y jueces. La protección efectiva del debate público dependerá tanto de la redacción final como de la jurisprudencia que se construya.
